Pensión IMSS
Planifica hoy para disfrutar mañana.
Compromiso Saestys
En Saestys entendemos que acceder a la pensión del IMSS puede ser un proceso complejo y lleno de dudas. Por eso, ponemos a tu disposición nuestra experiencia y un acompañamiento cercano que te permitirá conocer con claridad tus derechos, opciones y beneficios.
Te ayudamos a identificar el mejor camino para tu retiro, ya sea mediante la Modalidad 10 o la Modalidad 40, evaluando escenarios con nuestro simulador exclusivo de pensiones y guiándote en cada trámite necesario.
Nuestro compromiso es brindarte certeza, tranquilidad y confianza, asegurando que recibas lo que corresponde a tus años de trabajo y esfuerzo.
Modalidades
Modalidad 10
Permite a personas físicas con actividades independientes hacer aportaciones al seguro social para adquirir beneficios de seguridad social y acceder a futuro a una pensión digna.
Modalidad 40
Oficialmente conocida como Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, es una alternativa diseñada para que los trabajadores que dejaron de cotizar de manera activa puedan seguir aportando al IMSS con el objetivo de acumular semanas de cotización.
Este esquema es especialmente útil para quienes buscan mejorar el monto de su pensión bajo la Ley 73 del IMSS (aplica a quienes comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997).
Monto de la Pensión
Hemos desarrollado el simulador más completo disponible en el mercado, que te ayudará a determinar el monto que recibirás de pensión a la edad que desees jubilarte y analizar escenarios entrando a la Modalidad 10 y la Modalidad 40, para incrementar el monto de tu pensión.
Reactivación de derechos
No importa cuánto tiempo haya pasado desde que causaste baja ante el IMSS, en SAESTYS te asesoraremos y acompañaremos para que reactives tus derechos y realices los trámites que te garanticen un mejor futuro en tu edad avanzada y vejez.
Al confiar en nosotros, obtienes:
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Acompañamiento personalizado
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Simulaciones precisas
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Trámites claros y sin complicaciones
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Orientación integral
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Confianza y certeza
Con Saestys, no solo realizas un trámite, construyes seguridad y estabilidad para tu futuro.
Preguntas Frecuentes
¿Qué tipos de pensión existen en el IMSS y cómo saber cuál me corresponde?
La Ley del Seguro Social contempla dos regímenes principales bajo los cuales los asegurados pueden acceder a una pensión, dependiendo de la fecha en que iniciaron su cotización ante el IMSS:
- Régimen de 1973: Aplica para quienes comenzaron a cotizar antes del 1° de julio de 1997.
- Régimen de 1997: Dirigido a quienes empezaron a cotizar a partir del 1° de julio de 1997.
¿Qué requisitos debo cumplir para obtener una pensión del IMSS?
El derecho a obtener una pensión está reservado para tres grupos principales:
- Pensiones para el asegurado relacionadas con la edad: Dirigidas a trabajadores que han cumplido 60 años y cumplen los requisitos legales para acceder al beneficio económico.
- Pensiones por accidente de trabajo o enfermedad: Destinadas a quienes han sufrido un accidente laboral o padecen una enfermedad que les impide desempeñar sus actividades laborales.
- Pensiones para beneficiarios: Otorgadas a familiares o beneficiarios de un trabajador o pensionado fallecido, permitiendo que estos reciban el apoyo económico tras el deceso.
¿Cuál es la diferencia entre la pensión por Cesantía en Edad Avanzada y la de Vejez?
El porcentaje utilizado para calcular la pensión de Cesantía en Edad Avanzada varía según la edad al momento de pensionarse. La siguiente tabla muestra los porcentajes correspondientes:
| Edad | Porcentaje de una Pensión de Vejez |
|---|---|
| 60 años | 75% |
| 61 años | 80% |
| 62 años | 85% |
| 63 años | 90% |
| 64 años | 95% |
| 64 años, 6 meses más 1 día | 100% |
¿Cómo se calcula el monto de mi pensión en el IMSS?
El monto de la pensión se calcula considerando el número de semanas cotizadas y el promedio del salario base de cotización de las últimas 250 semanas (aproximadamente 4.8 años). Para facilitar este cálculo, Saestys pone a su disposición un simulador que calcula con precisión el monto a recibir.
¿Qué es el salario base de cotización y por qué es importante para la pensión?
El salario base de cotización es el salario diario integrado con el que el trabajador está registrado ante el IMSS. Este monto es fundamental para determinar la cuantía de la pensión.
¿Qué es la pensión mínima garantizada y cómo se actualiza?
La pensión mínima garantizada es aquella que el gobierno federal asegura a los pensionados bajo la Ley del Seguro Social en el régimen de 1973. Su monto mensual equivale al salario mínimo general vigente en la Ciudad de México (en 2025 es de $9,407.00 mensuales) y se actualiza cada año en febrero, de acuerdo con el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
¿Cuál es el monto máximo de pensión que puedo recibir en el IMSS?
El monto máximo de pensión en el IMSS varía según el régimen y el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente. Para el régimen de 1973, la pensión máxima para 2025 es de aproximadamente $73,870 pesos mensuales, equivalente a 25 UMAs diarias, mientras que en el régimen de 1997, el monto máximo está limitado por el saldo acumulado en tu AFORE.
¿Qué es la pensión por Invalidez o Incapacidad Permanente?
La pensión de invalidez puede solicitarla el asegurado que no pueda obtener, mediante trabajo, un salario superior al 50% del recibido en el último año de labores, siempre que la imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no laboral.
La pensión de incapacidad permanente corresponde al asegurado que ha sufrido un accidente o enfermedad en el trabajo que disminuya sus facultades o aptitudes (incapacidad parcial) o las pierda totalmente, imposibilitándolo para cualquier trabajo de por vida (incapacidad total).
¿Qué es la pensión de Viudez y quiénes pueden solicitarla?
Pueden solicitar la pensión de viudez la esposa o el esposo, o la concubina(o) del asegurado o pensionado fallecido. Si no existe esposa(o), la pensión puede ser solicitada por la persona que vivió en concubinato con el asegurado(a) o pensionado(a) durante los cinco años previos al fallecimiento, o con quien tuvo hijos, siempre que ambos hayan permanecido libres de matrimonio durante el concubinato.
¿Los pensionados del IMSS tienen derecho a aguinaldo?
Los pensionados por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez bajo la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997 tienen derecho a recibir un aguinaldo anual, equivalente a una mensualidad del monto de la pensión (sin considerar asignaciones familiares ni ayudas asistenciales). Este aguinaldo se paga en el mes de noviembre. Cabe señalar que las pensiones de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez bajo la Ley vigente actualmente no contemplan este pago.
¿Qué puedo hacer si mi trámite de pensión fue rechazado?
Si rechazaron la pensión, debe solicitar el retiro total de sus fondos en su AFORE o presentar una impugnación o apelación ante el organismo correspondiente si cree que el rechazo es incorrecto (Consejo Consultivo Delegacional del IMSS o la Comisión Médica Regional según sea el caso). Es importante que verifique el motivo del rechazo y corrija los errores, como datos de afiliación, actualización o falta de documentos. Saestys puede brindarle la asesoría legal especializada para resolver el problema.
¿Qué es la modalidad 10 y cómo incorporarse a ella?
Es un esquema para que trabajadores independientes (freelancers, emprendedores, etc.) que no tienen un patrón formal, se afilien al régimen obligatorio del IMSS. Brinda acceso a cinco ramos del seguro social: enfermedades y maternidad, riesgos de trabajo, invalidez y vida, cesantía en edad avanzada y vejez, y guarderías y prestaciones sociales.
Permite cotizar para obtener una pensión y acumular semanas cotizadas, que se suman a las previas si ya se ha cotizado antes bajo el régimen de la ley 1973. Los afiliados pueden inscribir a beneficiarios como cónyuge, hijos y padres dependientes.
Para incorporarse se debe presentar una solicitud escrita con firma autógrafa en la ventanilla de una Subdelegación del IMSS, o también existe la opción de realizar la inscripción a través del portal del IMSS, completando el formulario de inscripción en línea y cumpliendo con los requisitos.
¿Qué es la modalidad 40 y cómo incorporarse a ella?
Es un esquema que permite a quienes ya no están en el régimen obligatorio del IMSS seguir realizando aportaciones voluntarias. Mejora la pensión al incrementar el promedio salarial y el número de semanas cotizadas, especialmente si se elige un salario base de cotización más alto que el anterior. Originalmente, estaba dirigida a los inscritos en la Ley del Seguro Social de 1973, aunque hoy en día también aplica a quienes cotizaron bajo la Ley de 1997.
Los requisitos para incorporarse son:
- Estar dado de baja en el régimen obligatorio.
- Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos cinco años antes de solicitar la inscripción.
- No haber transcurrido más de 5 años desde la fecha de tu última baja en el IMSS.
Se recomienda acercarse a Saestys para obtener asesoría personalizada y entender cómo sacarle más provecho al ingreso en este esquema.
¿Puedo seguir cotizando si ya estoy pensionado en el IMSS?
Sí, un pensionado del IMSS puede volver a cotizar si reingresa al mercado laboral, pero la situación varía según la ley de seguridad social bajo la cual se jubiló.
Si se pensionó bajo la Ley 73 puede incorporarse a trabajar, pero debe cumplir ciertas condiciones para no afectar su pensión:
- Esperar un tiempo: Se recomienda esperar al menos seis meses después de haber recibido tu pensión antes de regresar a trabajar para evitar la suspensión temporal de los pagos.
- Requisitos del empleo: Si el nuevo trabajo es con un patrón, puesto y salario diferentes, no tendrá problema. Si regresa con el mismo patrón y sueldo, su pensión puede ser retenida mientras esté empleado.
- Cobertura de riesgos de trabajo: Si se reincorpora a un trabajo sujeto al régimen obligatorio, solo se le considerará en el seguro de Riesgos de Trabajo.
Si se pensionó bajo la Ley 97 su pensión es administrada por una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) y no existe un impedimento para que vuelva a trabajar después de pensionarse.
